El Referendo en Venezuela y las violaciones de
Guyana al derecho internacional
Por Ernesto Wong
Maestre
"Venezuela ha tomado su
decisión de que el 3 de diciembre se decida sobre la Guayana Esequiba de manera
soberana y pacífica votando en el Referéndum Consultivo"
Nicolás Maduro,14/11/23
La legalidad del
Referendo
En las horas en que culminó el
proceso político de adhesión a la convocatoria por el Referendo acerca del
territorio del Esequibo del próximo 3 de diciembre en la República Bolivariana
de Venezuela, el cual ha sido respaldado por la casi totalidad de los partidos
políticos venezolanos, es imperativo recordar a toda la Nación y a las
comunidades –ante todo- de toda Nuestra América, África y Asia que ese acto
popular es totalmente legal ya que fue refrendado desde 1999 por voto popular
de aprobación a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Según
su artículo 16 se establece: “La división político territorial será regulada
por ley orgánica que garantice la autonomía municipal y la descentralización
político administrativa. Dicha ley podrá disponer la creación de territorios
federales en determinadas áreas de los Estados, cuya vigencia queda supeditada
a la realización de un referendo
aprobatorio en la entidad respectiva”. Más adelante en el artículo 70 de la
carta magna en su Capítulo IV “De los Derechos Políticos y del Referendo
Popular” sección primera se estipula: “Son medios de participación y
protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la
elección de cargos públicos, el
referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas
legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea
de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre
otros” y en artículo 71 se expresa: “Las materias de especial trascendencia
nacional podrán ser sometidas a referendo
consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo
de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la
mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por
ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Civil y Electoral”.
El referendo del 3D -por todo ello- tiene un fundamento legal y legítimo por el
apoyo popular y político a la convocatoria realizada por la Asamblea Nacional a
solicitud del Jefe de Estado y que también fue aprobada por el Tribunal Supremo
de Justicia de la Nación para ser realizado el domingo 3 de diciembre. "Estamos
en nuestra ley, estamos en una buena ley
-argumentó el Presidente Maduro- estamos en la constitucionalidad, la
legalidad, del lado correcto de la historia y Venezuela se dirige a un momento
histórico, el séptimo referéndum y los invito a defender la verdad de Venezuela
en el mundo"(1)
Pero, mientras Venezuela transita
la ruta legal y legítima de sus derechos históricos y actuales, el gobierno de
Guyana y sus aliados en sus afanes de lucro y de desintegración viola
principios y normas de la legalidad internacional, y es precisamente en el
terreno del derecho internacional público donde se debe dar la solución a esta
controversia entre la República Cooperativa de Guyana y Venezuela de cincuenta
y siete años y que se suma al histórico reclamo de Venezuela al Reino Unido de
la Gran Bretaña de más de doscientos años por la ocupación ilegal inglesa del
territorio venezolano del Esequibo.
Una de las razones más
significativa –pienso- para que el Estado venezolano haya convocado a este Referendo es la
urgencia defensiva estatal del presente tiempo dadas las agresiones y tendencia
bélica antivenezolana de la política exterior de EE.UU manifestada con claridad
desde 2015 con el decreto presidencial de Barack Obama mediante el cual da órdenes implícitas
y expresas a todo el conglomerado de instituciones del aparato gubernamental y
actores del llamado “deep state” (estado profundo) para enfrentar la “amenaza
inusual y extraordinaria” venezolana a “la seguridad nacional” de EEUU y a
partir de lo cual comienzan las corporaciones y actores del Complejo
Militar-Financiero-Comunicacional a realizar sus operaciones en el Caribe y
especialmente económicas en Guyana para crear otras tensiones desestabilizadoras
contra Caracas, aprovechándose también de las fuerzas opositoras en Venezuela
para llevar a cabo la llamada “ingeniería social” que por un lado lograra –aun
con fraude- una composición mayoritaria opositora en las elecciones de la
Asamblea Nacional y por otro lado -a su vez- garantizara focos perturbadores o
“enjambres sociales” y que se expresaron con cierta intensidad en 2016, 2017 e
inicios de 2018. El plan de EE.UU no prosperó y no pudo cumplir con su objetivo
de “cambio de régimen” en Venezuela debido, en primer lugar, al adecuado tratamiento político-policial y de
total respeto de los derechos humanos del Gobierno del Presidente Nicolás
Maduro ante las operaciones proimperiales y segundo, al respaldo político a la
convocatoria del pueblo venezolano a un Referendo Aprobatorio y la formación de
una Asamblea Constituyente pues con la movilización popular se propició la
derrota del plan intensivo opositor derivado del decreto de Obama. A partir de
ahí -entre el gobierno de Donald Trump y
el de Joe Biden (2016-2021)- el deep
state comienza a profundizar el componente financiero-militar del bloqueo y las
medidas coercitivas unilaterales e ilegales contra el pueblo y gobierno venezolano,
en tanto continúa sometiendo al gobierno guyanés para involucrarlo más en
provocaciones antivenezolanas y que constituyen violaciones a principios y
normas del derecho internacional público.
Las violaciones de Guyana
1) La firma por Guyana sin el
consentimiento de Venezuela de concesiones a corporaciones extranjeras de
explotación energética en el territorio que está en reclamación del Esequibo lo
cual significa para Venezuela una amenaza a su integridad territorial y para el
derecho internacional una violación a su principio y norma según la Resolución AG-2625 de ONU donde se establece “El principio de que los Estados, en sus relaciones
internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza
contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier
Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las
Naciones Unidas” y asociada con ese principio se traza la norma de que “todo
estado tiene el deber de abstenerse de recurrir a la amenaza o al uso de la
fuerza para violar las fronteras internacionales existentes de otro Estado o como medio de resolver controversias
internacionales, incluso las controversias territoriales y los problemas
relativos a las fronteras de los Estados”(2).
2) La negativa del gobierno de
Guyana a recurrir a la negociación bilateral con el gobierno de Venezuela es una violación al derecho internacional ya que
este establece: “El principio de que los Estados arreglarán sus controversias
internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro
ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia” (3).
3) La postura unilateral del
Gobierno de Guyana de elegir sin el consentimiento de Venezuela el medio
jurídico de la Corte Internacional de Justicia para solucionar la controversia
y no optar por congeniar otro medio con Venezuela aceptado por esta es una
violación a la norma del derecho internacional según la cual establece que “Las
partes en una controversia tienen el deber, en caso de que no se logre una
solución por uno de los medios pacíficos mencionados, de seguir tratando de
arreglar la controversia por otros medios pacíficos acordados por ellas” (4).
4) La conducta del gobierno de
Guyana de amenazar a Venezuela recurriendo a una potencia bélica nuclear como
aliada ante una inexistente amenaza militar es una violación de principios del
derecho internacional y a normas que establecen: a) “Una guerra de agresión
constituye un crimen contra la paz, que con arreglo al derecho internacional,
entraña responsabilidad (…) los Estados tienen el deber de abstenerse de
propaganda en favor de las guerras de agresión (…) todo Estado tiene el deber
de abstenerse de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza para violar las
líneas internacionales de demarcación, tales como las líneas de armisticio, que
se establezcan por un acuerdo internacional del que sea parte o que esté
obligado a respetar por otras razones, o de conformidad con ese acuerdo”. b) “Los Estados partes en una controversia
internacional, así como los demás Estados, se abstendrán de toda medida que
pueda agravar la situación de modo que ponga en peligro el mantenimiento de la
paz y la seguridad internacionales, y obrarán en conformidad con los propósitos
y principios de las Naciones Unidas” ¿Qué significa para el respeto al derecho
internacional las declaraciones de personeros civiles y militares del gobierno
de EEUU como es su Comando Sur amenazando a Venezuela con otras medidas
unilaterales y extraterritoriales de fuerza?(5).
5) Es una violación del derecho
internacional público por parte del gobierno de Guyana cuando se niega a optar
por otro medio de arreglo de la controversia territorial con que esté de acuerdo Venezuela, ya
que la norma establece en la Resolución 2625: “Los Estados, en consecuencia,
procurarán llegar a un arreglo pronto y justo de sus controversias
internacionales mediante la negociación, la investigación, la mediación, la
conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a los organismos o
sistemas regionales ti otros medios pacíficos que ellos mismos elijan” y que “las partes en una controversia
tienen el deber, en caso de que no se logre una solución por uno de los medios
pacíficos mencionados, de seguir tratando de arreglar la controversia por otros
medios pacíficos acordados por ellas” y lamentablemente el gobierno de Guyana
se aferra a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y hace caso omiso de los
argumentos de Venezuela para no usar la CIJ y buscar otro de los medios como lo
establece esta Resolución de ONU (6).
El Referendo en la ruta de la solución bilateral
Ante esas violaciones del gobierno
de Guyana al derecho internacional y como derecho soberano de Venezuela a
defenderse, el Estado decidió acudir al voto popular mediante el Referendo
Consultivo del 3 de diciembre que permita disponer de esa potencia del Estado
convertida en poder real con vistas al futuro proceso de negociaciones que
deben emprender ambos Estados para solucionar la controversia. Si el gobierno
de Guyana se sigue negando y continúa estando al margen de las leyes
internacionales deberá asumir las consecuencias internacionales legales y
morales ante un mundo en profundo cambio y el comienzo de una nueva era de
multilateralismo, de desarrollo sostenible, y de un futuro compartido basado en
el respeto al derecho internacional.
De manera que mediante este
Referendo en Venezuela el propio Soberano –expresado en sus fuerzas políticas
representativas y adheridas a su convocatoria- desea consultar a todo el pueblo
si está de acuerdo en cinco propuestas de acciones presentadas por el Estado
con el fin de reafirmar -mediante este
ejercicio de soberanía- la independencia
y la integridad territorial de la Nación. Esas propuestas contenidas en las
preguntas del Referendo son:
PRIMERA, rechazar el írrito, nulo y viciado Laudo Arbitral de Paris de 1899 con que
el viejo imperialismo inglés y el naciente estadounidense intentaron, y hoy también intenta el gobierno
guyanés, aliado a las megacorporaciones estadounidenses, despojar a Venezuela de la Guayana Esequiba,
la cual desde 1777 aparece formando parte de la Capitanía General de Venezuela
y desde la proclamación de la independencia de 1810 ese también llamado
Esequibo es reconocido como territorio de la República de Venezuela. El pueblo
venezolano fue víctima en Paris, con ese Laudo Arbitral, de un complot imperial
como estrategia monroista y expansionista de EEUU en todo territorio fronterizo
o costero con el mar Caribe o en él (México, Florida, Cuba, Puerto Rico) en
contubernio repartidor del mundo con Reino Unido y Francia que en esos mismos
años se expandían en África masacrando pueblos, cambiando los regímenes
tribales e instaurando los regímenes coloniales.
SEGUNDA, apoyar como “medio” del
derecho internacional público y como “único instrumento jurídico válido para alcanzar
una solución práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana” el Acuerdo de Ginebra de 1966 referido
a “la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba”. Son dos
primeras acciones del Soberano a consultar ya que constituyen dos aristas
claves contrapuestas aunque la segunda es la llamada a resolver la controversia
y hallar una solución pacífica, viable y verdaderamente sostenible para ambas
naciones al proporcionar más estabilidad política a la región, más seguridad a
los actores económicos del territorio o inversionistas externos y una mayor
suma de felicidad a sus ciudadanas y ciudadanos.
La TERCERA propuesta contenida en
las preguntas del Referendo se refiere a no reconocer el medio de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) utilizado unilateralmente por el gobierno de
Guyana para atender la controversia ya que no cuenta con la aprobación del
gobierno venezolano, y ese requerimiento está en las normas del principio de
Solución Pacífica de los Conflictos Internacionales establecido en el derecho
internacional público, según la Carta de ONU y la resolución AG-2625 refrendada
por todos los gobiernos en ONU, 1970, la cual especifica “los medios” a
utilizar por las partes en conflicto de común acuerdo y también la necesidad de
recurrir a otro de los medios pacíficos si ambas partes así lo acordasen. Por
ello el Referendo 3D insiste en preguntar al pueblo con esa tercera pregunta
sobre “el medio” a utilizar por ambas partes pues según las experiencias
históricas de Venezuela el acuerdo entre
las partes debe ser la vía adecuada en este caso. Ello está estipulado en
el derecho internacional público, como se detalló anteriormente, y eso lo
específica el Acuerdo de Ginebra de 1966 firmado por los tres gobiernos
implicados en la controversia: el gobierno de Venezuela, el del Reino Unido y
el gobierno colonial de Guyana de aquel momento.
Al recurrir unilateralmente a la
CIJ, presidida por una experimentada estadounidense leal a la Casa Blanca y de
larga trayectoria en el Departamento de Estado de EEUU, el gobierno de Guyana se coloca del lado de
la ilegalidad, la injusticia y en la vía de las amenazas bélicas, lo cual se ha
evidenciado en las declaraciones de la Jefa del Comando Sur del Ejército de los
EE.UU, general Laura Richardson, y en las posturas violatorias jurídicas de la
corporación norteamericana Exxon Mobile. La propia Jefa del Comando Sur, en
ocasión de las maniobras en Guyana de miembros de la OTAN y algunos países del
Caribe en julio del presente año, con 1500 efectivos en la frontera con
Venezuela, refiriéndose a “motivos” amenazantes a Occidente y en el lenguaje de
los neoconservadores estadounidenses, expresó: "crecen en alcance e
intensidad, planteando un importante desafío a la seguridad nacional para todos
nosotros en el hemisferio occidental"(6) ¿A qué “seguridad nacional” se
refirió realmente la sra Richardson en medio de la selva esequiba fronteriza
con el país latinoamericano que lideró junto a
Cuba en CELAC declarar a América Latina región de paz? Qué potencia sino
es EEUU la que históricamente ha invadido, propiciado golpes de Estado y creado
serias amenazas a la seguridad nacional de los países latinoamericanos y
caribeños. Por citar solo unos casos en que se involucró directa o
indirectamente EEUU para derrocar gobiernos:
Guatemala 1954, Congo 1963, República Dominicana 1965, Chile 1973,
Granada 1983, Panamá 1989, Honduras 2008, Libia 2011, Siria 2012 o Ucrania
2014, y hoy la Casa Blanca avala, apoya y aporta armas y municiones al gobierno
de Israel quien hasta la fecha ha asesinado a más de 13 mil civiles palestinos,
entre los cuales hay más de 4 mil niñas y niños.
La CUARTA propuesta contenida en
las preguntas del Referendo a consultar con el pueblo es su disposición a
oponerse según los instrumentos y vías del derecho internacional a la postura
violatoria y “pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar
pendiente por delimitar”, lo cual es ilegal y delincuencial al violar la ley
internacional. Además, es una violación de corte neocolonial porque está
enfocada a favorecer a corporaciones con normas ajenas al provecho mutuo y a
disponer de un territorio marítimo que jurídicamente no les pertenece ni les ha
pertenecido nunca, como sí le ha pertenecido históricamente a Venezuela. A
pesar de ello, en los últimos veinte años en muchas ocasiones Venezuela ha
puesto de manifiesto su vocación de resolver la controversia de forma pacífica
y en común acuerdo entre las partes mientras que el gobierno de Guyana junto a
Washington atizan el fuego de las tensiones bélicas como estrategia imperial de
vieja data.
En tal sentido, el Referendo 3D significa
la expresión nítida del Poder que posee el SOBERANO para hacer valer y defender
sus valores y derechos consagrados - ante todo- en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, en los principios y normas del derecho
internacional de la Carta de la ONU y en la Res AG-2625 de ONU donde las
naciones acordaron precisar los siete principios claves y sus normas
inviolables. Y además, constituye la vía más adecuada de la Democracia
Participativa y Protagónica para actuar un pueblo de forma unida y potente y que
este 3D debe pronunciarse con su voto SI y poseer a partir de ahí mayor
poder de convencimiento en la comunidad internacional de que el conflicto con
Guyana por el Esequibo debe resolverse de forma pacífica, por un medio e
instrumento legal de acuerdo entre las partes, no como lo hace Guyana que
utiliza la violencia y actúa unilateralmente frente a Venezuela y por confesión
propia en contubernio con el gobierno de EEUU, interesado este ultimo en
fomentar y hacer proliferar conflictos y tensiones internacionales en varios
puntos geopolíticos del planeta creyendo –también como lo han confesado sus
propios gobernantes- que pueden detener la marcha de la historia liderada por
potentes actores de Eurasia en alianza con los de Asia, África y América
Latina, tal y como ha quedado evidenciado en diferentes foros globales
desarrollados en este año 2023.
QUINTA PROPUESTA: Sin duda alguna,
con el Referendo 3D el SOBERANO mostrará a los pueblos del mundo cómo se puede
ir construyendo una nueva sociedad y el nuevo Estado de Guayana Esequiba, también
social, de derecho y de justicia, pues con esta propuesta el pueblo venezolano
asumirá -como pertinente a la democracia participativa y protagónica- la tarea
de proteger a la población de la Guayana Esequiba con la conformación de esa
entidad estadal que posea los mismos cinco poderes que establece la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: ejecutivo, legislativo,
judicial, ciudadano y electoral; así como todo el aparato administrativo que
ello conlleva para garantizar el desideratum bolivariano; y así mismo, hacer
avanzar la organización social y productiva comunitaria conforme a los
preceptos constitucionales y las propias culturas de los pueblos indígenas
originarios que allí habitan. Ellos podrán disfrutar –al ser cedulados con la
identidad venezolana- de salud y educación gratuitas, servicios públicos de
bajo costo y demás bondades que hoy disfruta toda la población venezolana o en
tránsito residente en Venezuela.
El multisignificado patriota
Los votos por el SI a las 5
preguntas significan la alta “capacidad de acción colectiva” del Pueblo para
enfrentar las amenazas externas que implican las posturas de Guyana de hacer
alianzas agresivas con la OTAN para explotar unilateralmente los recursos
naturales y no renovables de ese territorio en reclamación pero que
históricamente desde 1777 estuvo incluido en lo que fue la Capitanía General de
Venezuela como posesión de España y desde 1810 en el territorio independiente
de la República de Venezuela. Con los 5 votos SI el SOBERANO PUEBLO reafirmará
su postura digna y valiente de defender también la libertad y la independencia
económica ante las amenazas neocoloniales y neoliberales de EE.UU que amenazan
a la Nación. Los votos por el SI en cada
una de las 5 preguntas significan que el pueblo ejerce la soberanía y protege su integridad territorial,
y en particular su derecho a elegir su régimen político, económico y social, así
como sus medios pacíficos para resolver conflictos de mutuo acuerdo y su apego
al principio de la Buena Fe al firmar el acuerdo o convenio futuro tal y como lo
exige el derecho internacional público y como lo aprobó posteriormente la ONU
en su Carta Fundacional de 1945 y cinco lustros después la Asamblea General de
la ONU mediante su Res.AG-2625 de 1970.
El Referendo de diciembre es
expresión de la democracia bolivariana para acordar por el pueblo con su voto 5
veces SI la defensa de sus derechos internacionales y por tanto de enfrentar
con mayor éxito las violaciones de Guyana a los principios y normas del derecho
internacional que ella comete para apropiarse unilateralmente, en convenimientos vergonzosos con una potencia belicista y sus megacorporaciones petroleras, del
territorio venezolano Esequibo pues pone en peligro la paz y seguridad
regionales al ser una potente amenaza a la soberanía y derechos de Venezuela. También significa la alta disposición del pueblo
para unirse con su Estado en la condena a los intentos del gobierno de Guyana y
del Comando Sur de EEUU de amenazar y provocar
una guerra como chantaje para continuar sus planes de explotación unilateral
del Esequibo (8).
Las reflexiones acerca de la
unidad estrecha entre las cinco preguntas del Referendo, de sus significados
para la Patria, las familias y para la construcción de una nueva sociedad,
conllevarán a una formación ciudadana más pertinente y mucho más consciente
frente a las amenazas imperiales de guerras y muertes. El 3D será una prueba
más para la Revolución Bolivariana de su fortaleza y arraigo popular como
modelo viable de sistema político en el camino al socialismo.
Referencias y citas
(1) Palabras del Presidente de Venezuela el 14 de noviembre de 2023 en http://www.presidencia.gob.ve/Site/Web/Principal/paginas/classMostrarEvento3.php?id_evento=25842
(2) Resolución AG2625/XXV Asamblea General de las Naciones Unidas del
24 de octubre de 1970 aprobada por unanimidad.
(3) Idem.
(4) Idem
(5) Idem
(6) Idem
(7) Fuente: https://www.france24.com/es/minuto-a-minuto/20230727-eeuu-lidera-ejercicios-militares-con-20-pa%C3%ADses-en-guyana.
Para mayores detalles de las operaciones de EEUU y Guyana véase: “Guyana como
enclave militar del Comando Sur en la cuenca del Caribe” en https://misionverdad.com/venezuela/guyana-como-enclave-militar-del-comando-sur-en-la-cuenca-del-caribe.
(8) Otros detalles al respecto pueden leerse en “Se afianza el rol
diplomático del Comando Sur en Guyana” https://misionverdad.com/se-afianza-el-rol-diplomatico-del-comando-sur-en-guyana
PUBLICADO POR:
Revista Nuestra América https://connuestraamerica.blogspot.com/2023/11/el-referendo-en-venezuela-y-las.html
CONGESIM el blog de
la Convención Anual de Geopolítica, Economía y Sistema Mundo.
https://congesim.blogspot.com/2023/11/el-3d-va-el-referendo-consultivo.html
Lo
mejor para leer. Blog de noticias del ALBA y organismos
internacionales.https://sumariosdeprensa.blogspot.com/2023/11/referendo-en-venezuela-y-violaciones-de.html?view=classic